El Banano : Oro para unos, veneno para otros
Éste es el resultado de la investigación que “Frane”, un alumno francés del curso de Periodismo de Investigación que dicta Héctor Pavón, realizó sobre la acción descontralada del uso de pesticidas. Mientras en Estados Unidos se prohíben, en países centroamericanos se utilizan productos que provocan severas consecuencias en las personas.
(Por Frane) Se han podido registrar hasta 1200 variedades de bananos y platanos, pero el banano que se exporta y consume masivamente viene principalmente de una variedad: la Cavendish.
Este banano, producto de exportación y de consumo es regido por las reglas del marketing y sólo el banano perfecto esta exportado. Como lo dice en su slogan una de las multinacionales del banano: “Say Yes to the Best”.
Los métodos de cultivo intensivo y los riesgos de enfermedades han contribuido a un uso masivo de pesticidas por las grandes empresas bananeras (dentro de las cuales Tres multinacionales controlan los dos terceros del comercio mundial: Chiquita, Dole y Del Monte) o las fincas subcontratadas.
Pero este banano perfecto lleva con el unas manchas dificiles de limpiar: una de ellas provocada por el uso del Nemagon que hizó estériles miles de trabajadores en América Central (más de 10.000 en Costa-Rica, cerca de 65.000 en el mundo según la OEHHA (Office of Environmental Health Hazard Assessment, California Environmental Protection Agency). Se trata de un pesticida prohibido en Estados Unidos y en la Unión Europea después de ser reconocido como peligroso.
En diversos países de América del Sur y América Central, los trabajadores han luchado para hacer reconocer los daños que han sufrido, algunas veces han ganado los pleitos, pero tienen dificultades a cobrar las indemnizaciones, y esta lucha no se acabó. A veces, las enfermedades provocadas por el Nemagon son más rápidas que el lento proceso de la Justicia.
El uso de pesticidas en el cultivo bananero.
En los países industrializados, el uso de pesticidas se limita a 2,7 kilos por hectárea por año. Según un estudio del Instituto de Conservación de la Naturaleza (I.U.C.N.) cerca de 44 kilos de pesticidas son vertidos cada año por hectárea en Costa-Rica. Los fongicidas son vertidos hasta cuarenta veces por avioneta por ciclo de cultivo. Un análisis realizado por el EARTH College demuestra que el 15% de los fongicidas regados por avioneta son vertidos fuera de las plantaciones; un 40% van directamente al suelo; 35% son lavados por la lluvia. De esos mil millones de litros de fongicidas vertidos sobre las plantaciones, 90% se pierden.
Después de 30 años, las plantaciones no producen lo suficiente. Se necesita deforestar más para crear nuevas plantaciones.
Productos prohibidos en los EE.UU. y utilizados en el cultivo de los bananos
El Nemagón y el Fumazone (nombre comercial del 1,2-dibromo-3-cloropropano) DBCP, datan de los años 50. Los primeros estudios toxicológicos, realizados por Dow Chemical y Shell mostraron que las ratas, según las dosis, padecían esterilidad o quedaban con los testiculos reducidos y atrofiados. Entre las ratas que han muerto, lesiones mayores han podido observarse en los pulmones, higado y riñones.
En 1958, existían pruebas suficientes para enterrar el DBCP en el olvido. El registro en la Agencia de Alimentos y Fármacos (Drugs & Food Administration), iniciado en 1961 fue avalado en 1964, con fichas de advertancias “No respirar los vapores”, “Evitar respiraciones prolongadas”. La Standard Fruit Company inició el consumo de BDCP en 1969 en sus plantaciones de bananos en CentroAmérica. En los manuales de la compañia no se mencionaba ninguno de los efectos adversos del BDCP en los trabajadores. Las etiquetas no mencionaban nada a tener en cuenta. Trabajadores afectados de otros países refieren la misma carencia de información.
En julio 1977, de 114 empleados que fabricaban el DBCP, 35 estaban estériles. Un mes más tarde, la Agencia de Protección Ambiental (EPA) lo prohibió en Hawaï. Mediante la sanción de leyes federales, se prohibió en los EE.UU. su elaboración y se restringió su uso.
Pero, las exportaciones siguieron su rumbo.
En 1979, la EPA canceló todos los usos del DBCP.
El DBCP continuaba siendo comprado para las plantaciones en Filipinas, Honduras, Nicaragua. En 1979, prohibido por el gobierno de Costa-Rica, fue transportado para ser aplicado en Honduras.
No se descarta la posibilidad de que el químico esté circulando con otro nombre en Nicaragua y en otros países.
En 1981, Shell aún vendía el químico en África. En 1986, Standard lo utilizaba en sus plantaciones de Filipinas.
En julio del año 2000 (¡21 años después de su prohibición en Estados Unidos!), el defensor del pueblo de Panamá, doctor İtalo Antinori aseguraba que se estaban utilizando agroquímicos como el Fumazone en las fincas bananeras de Chiriquí. Desde finales de los sesenta, se sospecha que hasta hoy, el DBCP fue dispersado por cientos de plantaciones bananeras en todo el mundo. Los países que se vieron afectados por el químico fueron: Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica, Panamá, Perú, Ecuador, Filipinas, Santa Lucía, República Dominicana, San Vicente, Burkina Faso y Costa de Marfil.
Otras fuentes confirman que se sigue utilizando al Nemagon en ciertas fincas de Ecuador: en este país, las grandes exportadoras compran las cosechas a diferentes fincas y les importa solo la calidad de la cosecha que compran. Aparte de algunos códigos de conducta, les dan poco las condiciones de producción y las condiciones laborales.
En Europa, el DBCP, registrado bajo la nomenclatura aduanera N° 2903.59.90 es objeto de una interdicción total (excepto por causa de prueba o estudios) de importación (C.E.E. 850/2004 – J.O.U.E. L.158 – 30/04/2004) en la U.E. y los territorios isleños de la U.E., productores de bananos (Canarias, islas francesas del Caribe y Oceano Índico). Esta medida viene reforzar el convenio sobre el proceso de acuerdo previo aplicable a ciertos productos químicos y pesticidas peligrosos que son objeto de Comercio Internacional (J.O.U.E. L. 63 del 6.3.2003, p.27).
Para los servicios de aduana, está clasificado en los productos orgánicos peligrosos persistentes.
El Nemagón en juicio
El gran número de personas afectadas por el Nemagón en Centroamérica generó diferentes reacciones hasta demandas en Costa Rica, Nicaragua, Honduras. Cuando esas demandas son rechazadas, queda la demanda en los Estados Unidos. Esta ultima solución es un camino más largo en el cual los demandantes ven las acciones prolongadas en diferentes recursos o son rechazadas por vicio de forma. Después, algunos enfermos del Nemagón mueren antes del recurso. A veces, son los enfermos del Nemagón que se ven procesados por las empresas como Standard, Dole u otras.
La batalla en los juzgados sigue abierta… Con la posibilidad de demandas positivas en los Estados Unidos para los afectados por el Nemagón, el vicepresidente ejecutivo de Dole Food Company Inc., Michael Carter, declaró, en marzo pasado que “Como condiciones para futuros arreglos exigía que se retiraran las demandas presentadas en contra de Dole y la derogación de la Ley 364″. Para el, “no hay ningún respaldo científico de las consecuencias dañinas del Nemagón” (El Nuevo Diario – Nicaragua).
Lo contrario de lo que dicen informes de la EPA, Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos o de la CDHS (California Department of Health Service)y lo que hemos visto también en la directiva CEE 850/2004 que prohíbe ahora la importación de este producto peligroso y persistente.
Lo contrario de lo que dice Omar Cabezas, Procurador de Derechos Humanos, en la 61 Sesión de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, celebrada el 13 de abril de 2005.
¿Michael Carter prefiere el chantaje de posibles arreglos y hace lo todo para evitar juicios costosos? ¿Ahora los trabajadores afectados por el Nemagón no tienen nada que perder?
Y las demandas afectarán a todas las compañias, Inc. o Corporation, pero, con la práctica ahora iniciada, se puede pensar que las trabas serán evitadas. La lucha de los trabajadores ha permitido en Nicaragua la adopción de la Ley 364 que les permite una posibilidad de defenderse judicialmente, ¿hasta cuando?
Podemos pensar que la continuación de estos episodios judiciales tengan repercusiones en otros países de América latina u otra parte.
Pero el caso del Nemagon no es la unica mancha del cultivo del banano. Manchas del entorno ambiental afectado por los químicos peligrosos persistentes, manchas de la deforestación, manchas de las condiciones de trabajo y de las condiciones de organización sindical, manchas del trabajo infantil.
|
Una larga historia
Como lo relata Vicente Boix, periodista catalán “la historia judicial del Nemagón se inicia en los años 80. Desde entonces, cerca de 20.000 afectados han presentado sus demandas en Estados Unidos, al no poder hacerlo en sus países por falta de legislación. Excepto una presentada recientemente por afectados nicaragüenses, el resto han sido despachadas mayoritariamente mediante “foro no conveniente!”. La jugada más conocida efectuada por las empresas fue en 1997 cuando, miles de trabajadores afectados por el químico en todo el mundo, fueron inducidos por sus propios abogados y políticos corruptos, a cobrar una mísera indemnización de 100 dólares. Al aceptar, firmaron un contrato por el que renunciaban a futuras indemnizaciones y demandas. Solo aquellos que no tragaron el anzuelo pueden luchar por una suma más justa. En Nicaragua son muchos los trabajadores que presentaron su denuncia desde el año 2001. Las transnacionales que fueron demandadas son: Dow Agro Sciences, Aka Del Monte Fruits, Del Monte Tropical Fruit Company, Shell Oil Company, Occidental Chemical Corporation, Standard Fruit Company, Dole Food Corporation Inc., Chiquita Brands International, y Del Monte Foods. Conscientes del avance de los trabajadores, las empresas, el gobierno nicaragüense y el estadounidense han intentado torpedear varias veces las opciones de éstos. En septiembre de 2002, se descubre una maniobra política para derogar la Ley 364 que protege a los trabajadores afectados por el Nemagón. Se ha iniciado en la embajada de Estados Unidos para recorrer varios estamentos del gobierno nicaragüense. Se transforma en un escándalo público, que acaba diluyéndose gracias a la presión ejercida por las víctimas, la solidaridad internacional y los medios de comunicación. En el marco de la ley 364, en diciembre de 2002, la justicia nicaragüense dicta la primera sentencia. Las multinacionales Dow Chemical, Shell Oil Company y Dole Food Company, deben abonar 490 millones de dólares, a cerca de 600 trabajadores de los 5.000 que han presentado demanda.” Hasta el momento, las empresas han eludido la sentencia y tachan la ley de inconstitucional y a la justicia nicaragüense de corrupta. La ausencia de éstas en el país centroamericano, evita cualquier intervención y embargo. No obstante, la ley 364 es vital para los afectados, pues ha cerrado la puerta de “foro no conveniente”; es decir, ahora las empresas no pueden recurrir tan fácilmente a los tribunales de Nicaragua, porque ya tienen una veredicto en contra y una ley que las puede juzgar. La sentencia de diciembre de 2002 en Nicaragua, recorre el canal legal necesario hasta Estados Unidos, pero en octubre de 2003, no es admitida por la jueza Nora M. Manella, de la Corte del Distrito Central de California. Para ello, alega defectos de forma, porque la Dole Food Company Inc. no fue demandada correctamente, ya que técnicamente no existe, al denominarse en Estados Unidos Dole Food Company Inc. y no Corporation, como se transcribía en la demanda”. La jueza aduce, que también se violan los procedimientos jurídicos de las leyes estadounidenses y existen vacíos en la sentencia que dicta la justicia nicaragüense. Paradójicamente, las multinacionales aprovechan esta decisión iniciando un proceso de demandas contra los afectados, a quienes acusan entre otras cosas de presentar pruebas fraudulentas. En ese momento, los afectados se han disgregado en varios grupos. El más numeroso es Asotraexdan que junto a su abogado Juan José Domínguez, han presentado demandas también en Estados Unidos, saldándose en abril de 2004 con el primer juicio de afectados por el Nemagón en dicho país, que se califica de histórico y promete una duración eterna. También introducen nuevas demandas en Nicaragua al amparo de la Ley 364.” |
LINKS Y FUENTES:
Si te ha gustado este post, suscríbete al feed.
Categorías: al margen